El crimen se cometió cuando Silvia golpeó a Carla con un mazo en la cabeza porque creía que iba a difundir un video en el que aparecía manteniendo relaciones sexuales con otro hombre.
Los jueces Alejandro Caride, Eduardo Costa y Ricardo Marfía consideraron que no hubo premeditación y ordenaron su reclusión en un penal del Servicio Penitenciario. Con la resolución, comenzará la etapa de apelaciones para definir si la Cámara ratifica o no la decisión de primera instancia.
El asesinato ocurrió el 17 de abril del 2010, luego de creer que su amiga iba a difundir un video en el que mantenía relaciones sexuales con otro hombre durante su boda.
Los jueces dejaron en claro que en Luna no hubo dolo directo (intención) de matar, pero sí tuvo que representarse la posibilidad de ocasionarle la muerte a Bruzzoni cuando decidió golpearla de la manera en que lo hizo en la cabeza con una maza.
Por su parte, Cristian Díaz Solís, abogado querellante, consideró insuficiente la pena, argumentando que “diez años es poco para el derecho y para el proceso. No sólo para los abogados. La familia (del viudo Sergio Robledo) está mal”.
En el mismo sentido, el viudo dijo: “pedimos 17 años porque entendemos que esa era la pena que se debia aplicar”.
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