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miércoles, 3 de julio de 2013

En la causa contra el exagente de inteligencia Gerardo Martínez.

RECHAZAN COMO QUERELLANTES A ORGANISMOS DE DD.HH 

(AW) El juez federal Ariel Lijo rechazó como querellantes a organismos defensores de derechos humanos en la causa contra Gerardo Martínez, titular de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y agente de inteligencia durante la dictadura militar. Los organismos apelarán la medida ante la Cámara Federal.

4 - GERARDO MARTINEZ Y CFK

De agente de inteligencia durante la dictadura, a codearse con la Presidenta de la Nación



El juez federal Ariel Lijo rechazó tener como querellantes a organismos de derechos humanos en la causa contra el sindicalista Gerardo Martínez, acusado de haber actuado como supuesto cómplice de delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar, cuando se desempeñaba como agente de inteligencia.
"La indeterminación de un hecho concreto imputable a una persona denunciada imposibilita al tribunal analizar su legitimación para cumplir el rol de querellantes de este proceso", sostiene la resolución a la que accedió Noticias Argentinas, y en la cual Lijo no aceptó como querellantes a los organismos de derechos humanos.
El ser parte querellante le permite a la parte impulsar una investigación y sugerir medidas de prueba.
Tras la resolución de Lijo, los organismos de derechos humanos apelarán en estas horas ante la Cámara Federal.
La investigación contra Martínez se inició el pasado 12 julio 2011, ante una denuncia de organismos de derechos humanos quienes acusaron que Martínez colaboró con la ejecución de delitos de lesa humanidad, como agente civil, y a la par de ser en la actualidad "parte activa y central de la ejecución de políticas represivas oficiales".
La Asociación de ExDetenidos Desaparecidos, el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Construcción, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, el Instituto de Relaciones Ecuménicas, el Centro de Abogados por los Derechos Humanos, y la Asociación de Profesionales en Lucha pidieron ser tenidos como querellantes.
Pero en septiembre pasado el juez Lijo archivó la investigación, y en febrero pasado la Sala II de la Cámara Federal revocó esa decisión y exhortó al juez a que primero debía evaluar si hacía lugar a la solicitud de los organismos de ser aceptados como querellantes.
"No existen dudas respecto de la indeterminación de hechos denunciados y de la ausencia de un objeto procesal claro y preciso sobre el cual proyectar una investigación sin vulnerar garantías constitucionales. Es decir, el hecho denunciado debe ser concreto y estar correctamente individualizado ya que iniciar una investigación en esos términos, y con la amplitud de las hipótesis denunciadas implicaría exceder los límites del poder punitivo estatal", sostuvo Lijo.
En ese sentido, aclaró en su resolución del 13 de junio pasado que "el derecho penal únicamente castiga hechos, excluyéndose los pensamientos, las actitudes internas, el carácter, el modo de ser o la personalidad. Es decir, no se admiten delitos que castiguen pensamientos, formas de ser o conducirse en la vida o características personales del autor".
El juez recordó que de acuerdo a un informe acompañado por la Secretaría de Derechos Humanos, "de los 94 ilícitos de trabajadores o ex trabajadores de la construcción, fueron anteriores al 1 de marzo de 1982 año en que Martínez fue incorporado al Ejército Argentino como agente civil de inteligencia".
"Sostener la posibilidad de llevar a cabo una investigación contra una persona por el sólo hecho de haber formado parte de una organización implicaría comprometerse con un derecho penal de autor contrario y prohibido por los límites derivados del principio republicano de gobierno, y más precisamente, por el principio culpabilístico", concluyó Lijo.
"Las pruebas de estos crímenes de lesa humanidad siguen siendo exigidas a las víctimas y a los organismos, esto explica por qué los que están siendo juzgados por su participación en la dictadura cívico militar, son tan pocos en relación a la enorme cantidad que actuaron activamente en la misma", sostuvo la abogada querellante Myriam Bregman.
Además, criticó al juez Lijo y al fiscal Di Lello porque "han beneficiado" a Martínez "con el archivo de las actuaciones y el impedimento a nuestros organismos para impulsar la causa".
Por su parte, el abogado querellante Martín Alderete aclaró que la denuncia contra Martínez es por ser "parte de una asociación ilícita" y "del sólo hecho de pertenecer debería ser investigado".
"El hecho que no haya desaparecidos de la construcción durante su pertenencia como agente civil de inteligencia no quita que haya participado de otro tipo de operativos u acciones del Batallón 601", razonó el querellante.
Fuente: Noticias Argentinas, 25 de junio de 2013

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