Para Ríos, la defensa “no ha demostrado la existencia de un acto ilegal ni que de ese acto se haya extraído información que derivara en un cauce de investigación que quede teñido de ilegalidad por esa primera evidencia viciada”.
Sobre los peritajes realizados en el sótano del edificio donde vivía Ángeles, Ríos aclara que “sólo un análisis de los elementos de prueba recabados con posterioridad a ello es el que permite asociar al sótano, casi exclusivamente con Mangeri”.
Por otra parte, el juez sostiene que “debe destacarse que la Sra. Fiscal al terminar de formar su juicio al respecto ha actuado en forma prudencial suspendiendo el acto [la testimonial de Mangeri] debido a “.las continuas contradicciones del citado y a efectos de garantizar el debido proceso que a toda persona debe asistir, y con el objeto de evitar la autoincriminación”
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