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viernes, 28 de junio de 2013

En la Ciudad de Córdoba, Karina Villarruel, una policía de 31 años, solicitó ante las autoridades de la policía provincial la licencia de 180 días, en esa provincia la normativa al respecto establece el doble de días que la nacional, aunque ella no sea quién lleve el embarazo, según el diario La Voz del Interior.

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Karina se ampara en el vacío legal de la ley 9905, que fue sancionada en Córdoba en febrero de 2011: “las o los agentes, según corresponda,  dependientes de los tres poderes del Estado provincial (…), gozarán de: a) licencia por maternidad de 180 días corridos, o b) licencia por nacimiento de hijo de ocho días corridos”, haciendo referencia a la madre el primero y al padre el segundo.
En  la promulgación de la ley se aclara que, en el caso de matrimonios igualitarios, para la madre biológica rige el mismo derecho que para la madre heterosexual.
La abogada, Verónica Camacho dijo: “Le corresponden los 180 días de licencia. Aunque en la ley no figure la palabra ‘madre’, son dos madres y tiene los mismos derechos en relación con licencias, asistencia, etcétera”.
La  jueza Virginia Bertoldi de Fourcade, integrante de la Cámara de Familia de Córdoba, consideró que: “no corresponden los 180 días de licencia porque estimo que la reglamentación no puede ser diferente según se trate de un hombre o una mujer. Madre es quien da a luz y se anota a la cónyuge”.
“Lo primero que hay que decir es que el matrimonio igualitario supone equiparar derechos con el matrimonio heterosexual. En segundo lugar, la ley mira a la mujer embarazada porque a quien debe cuidar”.

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