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martes, 5 de junio de 2012

Protección estatal a los violadores.


¿Guía para proteger a violadores?

(AA) Con una cuota de fina ironía, el periodista Osvaldo Bodena de Elentrerios.com subraya que el protocolo de abortos no punibles del Ministerio de Salud de Entre Ríos deja impunes a los violadores al no exigir ni la denuncia ni la prueba de la violación. "El Estado garantiza al violador “aborto express, gratuito, con impunidad absoluta”, todas las veces que haga falta, por si reincidiera en su inconducta".

¡Soy un bruto! ¡¿Cómo se me ocurre sospechar que la Corte y el Estado entrerriano se han convertido en cómplices de violadores?!
Leo y releo la Resolución 974/2012 del Ministerio de Salud provincial sobre abortos no punibles, basada en un fallo de la Corte Suprema de Justicia, y siempre arribo a la misma conclusión: con tal de facilitar el aborto en mujeres supuestamente violadas, se apaña a los violadores, como lo denunció el senador Melchiori, un “bruto”, Aníbal Fernández dixit.
Pienso que quizás estoy incurriendo en una simplificación, que los prejuicios me nublan la inteligencia. Pero vuelvo al texto y…
Los pasos son simples: llega una embarazada, llena una declaración jurada donde dice haber sido violada y la salud pública está obligada a practicarle el aborto en no más de tres días. ¿Y el violador? ¿Se inicia alguna investigación para identificarlo? ¿Se extrae alguna muestra de ADN, por ejemplo? No. ¡Nada de nada!
“La ley no exige ni la denuncia ni la prueba de la violación para que una niña adolescente o mujer pueda acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación”, se jacta la denominada “Guía de Procedimiento. Atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible”, firmada por el Ministro de Salud de Entre Ríos, Dr. Hugo Cettour.
Pongamos un ejemplo. Ingresa una menor, acompañada de sus padres, pidiendo el aborto porque, según su relato, fue violada. Los progenitores no van a tribunales, sin interés alguno porque se haga justicia con su hija y se aprese a quien la ultrajó. Se ocupan sólo de eliminar la consecuencia del hecho, aplicándole la pena de muerte al bebé. ¿Extraño, no?
Puede que sea el mismo padre el “violador”, en uno de los tantos casos de incesto que muestran las estadísticas. Pero el tipo se siente seguro. Su hija no se atreverá a denunciarlo, ya que no tendría a dónde ir. Su mujer tampoco, atrapada en un círculo enfermizo de sometimiento. Y, gracias a la flamante Guía o protocolo, gracias a la Corte y al Gobierno de Entre Ríos, la salud pública no sólo se hace la distraída frente a tan grave delito sino que se convierte en su principal cómplice eliminado la “prueba” viviente de su incestuosa conducta. El Estado garantiza al violador “aborto express, gratuito, con impunidad absoluta”, todas las veces que haga falta, por si reincidiera en su inconducta.
… Soy un bruto, vuelvo a decirme. Algo se me debe estar escapando. Quizás no quieren exponer a la mujer violada a las presiones de una investigación, si ella o sus padres no la desean, y salvarla de un aborto clandestino. ¿Son razones válidas?
Enseguida recuerdo el protocolo para abuso infantil del COPNAF (Consejo Provincial para la Niñez, la Adolescencia y la Familia). Busco el texto. Sí, no hay dudas, las escuelas están obligadas a denunciar:
  • “… los docentes en muchas ocasiones son elegidos como confidentes; a su vez, puede presentarse la presunción de una situación de abuso. Ante esto, el equipo de gestión de la escuela debe: * Dar contención a la víctima; * Si el abuso es intrafamiliar, dar comunicación al Defensor de Menores de turno, en un plazo no superior de las 24 horas de conocido el hecho; * Si el abuso es extra familiar, comunicación a los padres a fin de que realicen la denuncia; * Ante sospecha de abuso comunicar al COPNAF”.
Me resisto a creer que el mismo gobierno que exige a una escuela denunciar ante una “presunción” de abuso, no exija lo mismo al hospital ante una violación declarada. Peor aún, ¡le prohíbe denunciarla!, en un explícito encubrimiento cómplice del delito y de su autor.
Además, ¿por qué tanto apuro al extremo de que en tres días como máximo debe estar consumado el aborto? ¿Sabrán las autoridades los tiempos de la salud pública? ¿Por qué es urgente matar al bebé mientras que a mi vecina, para una operación de vesícula que si llega a tiempo le salva la vida, le dan turno para dentro de dos meses?
¿Y cómo es eso de que si los padres de una menor se oponen al aborto, “dejarán de intervenir en tales actos, haciéndolo en lugar de ellos, curadores especiales”?
Me hacen notar que en la Guía jamás se nombra al niño que está dentro del vientre. ¿Será que creen tener tanto poder como para decretar que no exista lo que ellos no nombran? ¿No es sujeto de derechos también?
¿Qué está esperando el COPNAF para hacer notar la grave contradicción con su protocolo para casos de abuso infantil? ¿No se animan?
¡Basta! No quiero seguir. Sospecho que todo está armado para liberalizar el aborto sin que importe encubrir a violadores dejando intactas las condiciones que generan los embarazos no deseados de tantas adolescentes.
Osvaldo A. Bodean ( andresbodean@gmail.com).

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