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jueves, 18 de octubre de 2012

La Justicia Federal le ordenó a la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que autorice a un vecino de la ciudad de Ushuaia a comprar en el mercado oficial la suma de 2.000 euros.



La medida cautelar dictada por la conjuez subrogante, Marcela Tortosa, a favor de la compra de moneda extranjera es la primera que se conoce en Tierra del Fuego.
El abogado Héctor Montero explicó a SUR54.COM que su cliente “tiene el pasaje pago para viajar al exterior, también el seguro médico y el seguro del viajero, y no podía acceder a la compra de euros para moverse fuera del país y pagar el alojamiento”.
Ya hubo en el país otras medidas cautelares a favor de la compra de moneda extranjera. Sin embargo, fueron dejadas sin efecto en instancias superiores.
Montero presentó hace diez días un recurso de amparo entendiendo que “se estaban violando garantías constitucionales como la posibilidad de entrar y salir del país y el derecho a la propiedad”.
Su cliente, un vecino de la capital fueguina, tiene el pasaje aéreo pago, así como los seguros médicos y de vida.
La Justicia Federal se expidió en “forma favorable y dictó una medida cautelar ordenando a la AFIP que arbitre de inmediato la autorización de compra por un valor de 2.000 euros”.
La medida cautelar fue dictada por la conjuez subrogante, Marcela Tortosa, ante la “inminencia del viaje”.
La Justicia, además, ordenó que se le vendan los euros al valor del mercado oficial en una entidad bancaria autorizada ya que “el Poder Judicial no puede prestarse para la compra en el mercado paralelo, que es ilegal”.
El comienzo de las restricciones para las compras de moneda extranjera en Argentina se inició hace un año.
Por su parte, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, evitó opinar sobre las restricciones impuestas por el Gobierno al mercado cambiario. Sin embargo, afirmó que “si alguien entiende que se está afectando un derecho individual, puede recurrir a la Justicia”.


La jueza Marcela Tortosa dictó una medida cautelar en la que autoriza la compra de 2.000 Euros a cotización oficial para un viaje a Europa. 
La decisión de Tortosa, que respondió de modo favorable a la demanda de una persona que debía viajar a Europa en los próximos días, se basó en que las restricciones “estaban violando las garantías constitucionales”.
Aunque no se pronunció sobre la cuestión de fondo, en la sentencia, la jueza “dictó una medida cautelar ordenando a la AFIP que arbitre de inmediato la autorización de compra por un valor de 2.000 euros”, según informó el abogado del demandante, Héctor Moreno.
Mediante un comunicado, AFIP indicó que apeló esa resolución y precisó que su postura “se relaciona con que el sistema de Control de Operaciones Cambiarias tiene como objetivo transparentar las operaciones de compraventa de moneda extranjera y detectar posibles operaciones inconsistentes entre las transacciones cambiarias efectuadas”.
El fallo “va en contra a los objetivos esenciales del Organismo, como ser la optimización de los controles fiscales sistémicos y en tiempo real, como así también la compatibilización de las declaraciones juradas de los contribuyentes con la realidad económica de sus operaciones”, destacó la AFIP.
Y destacó que defenderá su presentación judicial “con los fallos a su favor dictados por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y varias Cámaras Federales del interior del país (Mar del Plata, General Roca, entre otras)”.
Pese a que el abogado Moreno habló de una cifra de 2.000 euros, el comunicado de la AFIP refiere a una cifra distinta: 1.151,83.

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