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miércoles, 16 de noviembre de 2011

El Ministerio de Trabajo, fijó los nuevos aumentos en las remuneraciones mínimas mensuales para el personal de doméstico.


El Ministerio de Trabajo, fijó los nuevos aumentos en las remuneraciones mínimas mensuales para el personal de trabajo doméstico a partir del 1ro de noviembre del 2011. La medida se dio a conocer mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial.
La medida entra en vigencia para el 1ro de noviembre, es decir el aumento se tendrá en cuenta en el sueldo que será cobrado en diciembre.
En los considerandos se explica que fue tomada la medida porque “corresponde adecuar las escalas salariales mínimas del Personal de Trabajo Doméstico, comprendido en el estatuto que rige la actividad, teniendo en especial consideración los avances que, en materia de remuneraciones de los trabajadores en general, se han producido en el presente año en el marco de la negociación colectiva”
Además destaca que “dentro del marco descripto cabe tener presente los recientes incrementos dispuestos por el Consejo Nacional del Empleo,la Productividady el Salario Mínimo, Vital y Móvil, tendientes a establecer límites precisos que permitan mantener el nivel de los salarios de los trabajadores”.
Se detalla el nuevo escalafón salarial en cinco categorías. Se tiene en cuenta las funciones y la cantidad de horas trabajadas.
Primera categoría: 
Personal con retiro, 8 horas: institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses: $ 2547,21
Personal sin retiro: institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses: $ 2839,30
Segunda categoría: 
Personal con retiro 8 horas: cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares: $2363,96
Personal sin retiro: cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares: $2634,29
Tercera categoría: 
Cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, 4 ayudantes/as, caseros y jardineras: $2309,54
Cuarta categoría: 
Aprendices en general de16 a 17 años de edad: $2071,88
Quinta categoría: 
Personal con retiro que trabaja diariamente, 8 horas diarias: $2071,88. Por hora: $15,79. Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias: $ 1035,94. “Hora de excedencia”: $15,79
Finalmente, en el artículo segundo, el texto explica que “la adecuación salarial dispuesta por esta resolución será de aplicación en todo el territorio dela Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia”.

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