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miércoles, 21 de enero de 2015

La Corte y la AMIA.

Amigos:

Tengo como asumida, la inveterada costumbre de no solicitar a ningún Medio que mis notas e inquietudes, sean difundidas.

Sin embargo, ésta, sera una excepción a esa regla que volitivamente siempre he trazado.

Particularmente, he de incoar en estas lineas, a los Colegas, individual y corporativamente, para que se sumen a la presente
solicitud, tal vez no investida de las formalidades que un petitorio de esta magnitud, procesalmente ha de requerir.
fundamentalmente por no esta residiendo en la Argentina, lo que me impide una presentación personal en tal sentido.

El caso es que invoco a cualquier Colegio, fundamentalmente al de la ciudad de Buenos Aires, para que institucionalmente,
formule por ante la Mesa de Entradas, de nuestro mas Alto Tribunal que con arreglo y la precedencia del voto del Dr. Carlos Fayt, 
en el Fallo de la CSJN de dic-26-1991, publicado por ED 148-97, se AVOQUE al conocimiento y tramite de todas las causas,
en las que directa o indirectamente se haya tramitado el luctuoso y criminal, atentado, con mas los distintos Sumarios, aun en
etapa de Instrucción de los mismos, e incluso los que prontamente se encuentren en estado de Juicio.

Las facultades, aunque excepcionales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, están en un todo validadas, por la generación
por automaticidad de un estado de extrema gravedad institucional, emergente con el deceso y sus dudosas causas del Fiscal
Natalio Alberto Nisman, cuyos demás detalles, doy por reproducidos.

La inoperancia y negligencia de un Poder Legislativo, controlado por la primera minoría del gobierno, es a todas luces el necesario freno, para que la independencia de los Magistrados pueda ponerse de manifiesto, sumándose a ello que la Procuradora
ante dicho Supremo, apellidada Gils Carbo, surge como la principal sospechada, de liderar una asociación ilícita calificada, en
aras de sepultar la vindicta publica de este caso, a los que se deben de adicionar, todos y cada uno, en los que se presume, la
fractura de la Ley, por parte de cualquier miembro del Poder Ejecutivo.

Es, precisamente, en estos aciagos momentos, en los que las lascivias de la Presidente, deben ser detenidas, recogiendo la prueba colectada por el malogrado Fiscal y ser depositadas en manos de los Señores Ministros de la Corte, para que bajo los preceptos
de una naturaleza originaria, instruyan la Causa Madre y todas sus tributarias, apartando a esta señora Gils Carbo, para que los
requerimientos pertinentes, sean formulados por un Procurador subrogante ante esos Estrados, siempre que no recaigan sobre ese virtual reemplazo, idénticas . 

A los Colegas y a los Periodistas que dicen serlo, los conmino, por la salud de la Patria, amenazada por flagelos y consecuencias 
en el plano internacional, imposibles de estimar en este momento, para que se hagan eco de este formal pedido y lo lleven adelante.

Si la Corte Suprema, sea por voto unánime o dividido, desestima esta suerte rogatoria de AVOCACIÓN y/o PER SALTUM, bueno, al menos sabremos, hasta que punto el enemigo se ha coludido en las esferas mas altas de la administración y provisión que reclama la Justicia mas simple.

Cordialmente Carlos Belgrano.-

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