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sábado, 23 de agosto de 2014

Huelga de hambre ante castigos y traslados arbitrarios.

UP 33.

(AW) Una veintena de detenidas en la Unidad Penal 33 de Los Hornos, realizó por una semana una huelga de hambre luego de ser sancionadas arbitrariamente, por uno de los frecuentes episodios de zona liberada, que propicia el mismo Servicio Penitenciario, en el que resultó gravemente herida una de las jóvenes de ese sector. Se impone la lógica de segregación como única salida.


El Comité contra la Tortura de la Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires (CPM) constató además, durante su última inspección en el lugar, la disposición arbitraria de las autoridades de trasladar a la víctima de ese enfrentamiento a otro penal, en una clara violación a lo dispuesto por la Suprema Corte de Justicia de la Pcia de Bs As en lo referido a los traslados arbitrarios.

Durante la inspección del Comité Contra la Tortura de la CPM, el organismo que monitorea las cárceles y lugares de detención bonaerenses, el equipo se entrevistó con todo el pabellón y comprobó que durante la sanción aplicada por los agentes penitenciarios no hubo asistencia médica ni medicación para ninguna de las mujeres, ni siquiera para aquellas con patologías como VIH o hepatitis.
La medida de las detenidas cesó cuando el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) levantó la sanción que las dejaba encerradas por 24 horas en sus celdas, sin poder salir a trabajar, estudiar ni a ninguna otra actividad social, educativa o recreativa.

“En la entrevista con autoridades de la unidad, Leticia Arzuaga, la directora, deslizó la versión de que la situación en el pabellón se debía a un conflicto entre detenidas. Sin embargo, a partir de las entrevistas realizadas durante la inspección, podríamos inferir que esta situación responde a la delegación del gobierno de la cárcel a través de la liberación de zonas”, explicó Alicia Romero, coordinadora del Comité Contra la Tortura.
 “Frente a episodios de conflictos entre detenidas se impone la lógica de segregación como única solución".

La política discrecional manifestada por la misma dirección de la Unidad es resolver el traslado inmediato de las partes. Nosotros consideramos que esta medida re-victimiza a la victima aplicándole una pena sobre otra pena, sin mediación de otras estrategias para resolver los conflictos. Por otro lado pone de manifiesto la impunidad con que los agentes estatales disponen y definen el destino de las personas privadas de la libertad, con total arbitrariedad”, manifestaron desde el Comité contra la Tortura. “Este accionar autoritario pretende ser, desde nuestro punto de vista, una estrategia disciplinaria para aquellas detenidas que permanecen en la Unidad Penitenciaria” analizaron los referentes de la CPM.

Si bien en la Unidad manifestaron que existía un orden de traslado, el organismo especificó que el Poder Judicial suele enviar disposiciones de traslado abiertas sin contemplar las cuestiones que derivan luego en agravamientos de las condiciones de detención. Esto habilita al SPB a tomar decisiones que implican diferentes agravantes, como la desvinculación familiar, la interrupción de los seguimientos médicos prescriptos, o que no contemplan que la Unidad de destino tenga un sector de sanidad acorde a la problemática específica que presentan las personas trasladadas.

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