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"La primera víctima en una guerra es la verdad". Anónimo. En estos días, la tilinguería seudoizquierdoza, ha bramado ante la pu...

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domingo, 24 de marzo de 2013

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad ordenó el allanamiento de la ‘Sala Alberdi’ del Centro Cultural General San Martín para identificar a los ‘ocupas’ y desalojar el lugar.



Según fuentes judiciales: “así lo ordenó la Cámara con las firmas de los jueces Elizabeth Marum, Marcelo Vázquez y José Saez Capel, quienes revocaron un fallo de primera instancia que había negado el allanamiento del lugar ubicado en Sarmiento 1551, solicitado por la fiscal Claudia Barcia”.
La Sala Alberdi está  tomada desde el año 2010 y días atrás la Policía Metropolitana en un intento de desalojo detuvo a una gran cantidad de manifestantes.
La resolución que adoptó la Cámara, será: “en el modo que fije el Sr. Magistrado de grado, debiendo dar intervención a los organismos del GCBA que correspondan; teniendo en cuenta que la legítima recuperación de espacios públicos sea llevada a cabo cuidando de respetar los derechos de las personas a desocupar”.
Según los camaristas: “El bien cuya desocupación y restitución solicitan los representantes de Ministerio Público Fiscal, se trata de un edificio perteneciente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, donde funciona el Centro Cultural General San Martín, conforme surge del testimonio de unificación parcelaria y englobamiento predial”.

martes, 4 de diciembre de 2012

La Cámara rechazó la recusación del Estado Nacional contra la jueza Graciela Medina.


Ley de Medios: la Cámara rechazó la recusación del Estado Nacional contra la jueza Graciela Medina.

Lo resolvió este martes la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal. Ahora, los camaristas María Susana Najurieta, Ricardo Víctor Guarinoni y Graciela Medina deberán expedirse sobre las restantes excusaciones y recusaciones

 
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, integrada por los jueces María Susana Najurieta y Guillermo Antelo, desestimó la recusación con causa de la camarista Graciela Medina presentada por el Estado Nacional en el marco causa de la “Grupo Clarín S.A. y otros s/ incidente de recusación con causa”.
De esa manera, la sala quedó conformada en el caso por los jueces María Susana Najurieta, Ricardo Víctor Guarinoni y Graciela Medina para resolver el resto de las excusaciones y recusaciones.

miércoles, 7 de diciembre de 2011

Miramar conmocionado por el esclarecimiento del caso Gastón Bustamante.



Julián Ezequiel Ramón, de 24 años, fue detenido en el día de hoy, sospechado de ser el asesino del niño de 11 años que fue encontrado ahorcado, bajo su cama.
El joven, que habría participado en el presunto robo en el que el menor fue muerto, es el novio de la hermana de Gastón Bustamante. Sus huellas digitales se encontraron en un televisor, en la escena del crimen.
El móvil del homicidio ocurrido hace 2 semanas, según los investigadores, fue el robo de 5.000 pesos que se encontraban en el domicilio. Cuando el niño quiso alertar a alguien del hecho, se lo ahorcó.

miércoles, 23 de noviembre de 2011

Apelan el sobreseimiento de Menem y su pandilla.


Marcelo Agüero Vera fiscal en lo Penal Económico presentó la apelación al fallo que absolvió al ex presidente Carlos Menem por el delito de contrabando agravado por la venta de armas a Croacia y Ecuador. Caracteriza al veredicto como “arbitrario” y “contradictorio”. 
El fiscal apeló según informaron fuentes judiciales en la Cámara Nacional de Casación buscando que se revoquen las absoluciones dictadas a favor de Menem y otros 17 acusados y que sean condenados.
Fue calificado de “contradictorio” porque para los camaristas Luis Imas y Horacio Artabe que quedó acreditado que hubo venta de armas a Croacia y Ecuador, países con los que estaba prohibida la comercialización de armas, registrándose como contrabando ya que violó los sistemas de controles de la Aduana.
“Aún cuando la decisión de vender material bélico a una nación extranjera bien puede ser entendida como una acción comprendida en la esfera de los negocios lícitos de un estado, no cualquier venta de armas podrá ser tratada de esta manera, ya que existen una serie de disposiciones legales que deben ser cumplidas para que la operación pueda ser considerada lícita”, dice el escrito de apelación.
Y resulta arbitrario para la Fiscalía ya que ”no encuentran subsunción normativa en las previsiones penales del Código Aduanero” para contrabando pero sí reconocieron que se cometieron otros delitos.
“Resulta claro que ambas proposiciones no pueden ser ciertas al mismo tiempo, por lo que es en este punto que la contradicción en el razonamiento de los jueces Imas y Artabe se torna flagrante y –por ende- determina la arbitrariedad de sus votos por ausencia de motivación suficiente”, sostuvo el fiscal.